| ARTÍCULO 34º.- De la Comisión Permanente de la Junta de Gobierno.
Existirá una Comisión Permanente delegada de la Junta de Gobierno, para que atienda los asuntos urgentes o relevantes. Estará compuesta por cuatro miembros de la Junta de Gobierno, figurando obligatoriamente entre éstos el Decano o el Vicedecano y el Secretario o el Vicesecretario, debiendo asistir todos ellos para poderse constituir y celebrar reunión.
Los acuerdos se adoptarán por mayoría simple. La Comisión Permanente dará cuenta de su actuación a la Junta de Gobierno, en la siguiente reunión de esta última.
ARTÍCULO 35º.- De las Comisiones de Trabajo y Delegaciones.
Podrán crearse, por decisión de la Junta de Gobierno, Comisiones de Trabajo para cuantas actividades, estudios, formulación de propuestas y demás gestiones auxiliares fueran precisas y encomendadas en cada caso. Dichas Comisiones de Trabajo estarán formadas por un portavoz, elegido por la Junta de Gobierno del Colegio, y por las personas que ésta designe.
Las Comisiones de Trabajo serán presididas y convocadas por su portavoz, a petición propia o por solicitud de dos o más miembros de la misma, debiendo de dar cuenta de sus actividades, resultados y conclusiones al Decano, pudiendo ser convocados todos sus integrantes a la Junta de Gobierno del Colegio. ARTÍCULO 36º.- De la Secretaría Técnica Administrativa.
El Colegio contará con una Secretaría Técnica integrada por una o varias personas designadas por la Junta de Gobierno.
Su composición, atribuciones y demás características será decidida por la Junta de Gobierno, siendo en todo caso un órgano de apoyo a la misma, y de coordinación, información y relación del Colegio con los colegiados que lo integran. ARTÍCULO 37º.- Constitución de Delegaciones.
El Colegio Oficial de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales de GIPUZKOA podrá constituir las Delegaciones que estimase convenientes, atendiendo a las características y número de colegiados existentes en las comarcas de sus demarcaciones. |
1.- DISPOSICIONES GENERALES
2.- ORGANIZACIÓN GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN DEL COLEGIO
3.- RÉGIMEN DISCIPLINARIO
4.- ELECCIONES DEL COLEGIO
5.- SISTEMAS DE RECURSOS
6.- REFORMA DE LOS ESTATUTOS
7.- PROCEDIMIENTO DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN
8.- CONCESIÓN DE TÍTULOS HONORÍFICOS




